El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó un catálogo de infracciones y reglas que regirán la elección judicial de este año, aplicables tanto a candidatos como a aspirantes.

Este acuerdo busca garantizar que las actividades proselitistas se realicen dentro del marco legal establecido.

Prohibiciones para candidatos y aspirantes

Las nuevas disposiciones prohíben realizar actos de campaña antes del periodo establecido. También se restringe la contratación de tiempos en radio, televisión o medios digitales para promover candidaturas.

Durante el periodo de veda, que abarca tres días antes de la elección hasta el cierre de casillas, no se permitirá ningún tipo de difusión.

Además, se prohíbe la distribución de materiales con beneficios directos o indirectos, así como la impresión de propaganda en materiales no biodegradables o nocivos para el medio ambiente.

Restricciones para partidos políticos y funcionarios públicos

Los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse públicamente a favor o en contra de ningún aspirante. Asimismo, tienen prohibida la contratación de encuestas o sondeos.

Para los funcionarios públicos, se limita su participación activa en actos de campaña durante horas laborales, y se establece que no podrán manifestarse públicamente sobre ninguna candidatura.

Regulación de foros y beneficios sociales

A propuesta del consejero Martín Faz, se prohíbe a dependencias que ejecutan programas sociales organizar foros de promoción. Además, servidores públicos vinculados a estos programas no podrán fungir como moderadores.

Opiniones del Consejo

La consejera Carla Humphrey destacó que las infracciones pueden ocurrir incluso antes de que existan candidaturas oficiales, por lo que se habilitaron mecanismos para denunciar y sancionar este tipo de conductas.

Por otro lado, la consejera Dania Ravel propuso endurecer medidas contra actos de promoción anticipada, aunque su propuesta fue rechazada.

Finalmente, Guadalupe Taddei, presidenta del INE, aseguró que las disposiciones aprobadas respetan los derechos fundamentales, incluyendo la libertad de expresión.

Fuente: Por Esto