Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado aprobaron en lo general y lo particular la reforma constitucional impulsada por Morena y su coordinador, Adán Augusto López, que impedirá amparos para tumbar reformas constitucionales.

Este proyecto fue matizado respecto del proyecto original que presentó López Hernández, pues originalmente planteaba una supremacía constitucional para el Legislativo sobre el Poder Judicial.

El dictamen fue aprobado por 24 votos en favor de legisladores de MorenaPT y PVEM, y 10 en contra de PANPRI y MC. Ahora, el documento será presentado este jueves al pleno del Senado en primera lectura en una sesión, y en segunda lectura por la tarde para su eventual aprobación.

El senador morenista Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, reconoció que lo aprobado esta tarde tiene el propósito de evitar que jueces continúen emitiendo suspensiones contra la reforma judicial.

“¿Cuál es el sentido práctico de esa reforma? ¿Cuál es la finalidad práctica, inmediata, objetiva? Es por supuesto detener este intento de burla a la reforma judicial que se ha venido generando con distintas decisiones de juezas y jueces, con suspensiones que realmente constituyen una extralimitación de las funciones. Es para… ahora sí, como se dice: ‘Más marrado, más seguro; más seguro, más marrado’”, afirmó.

Corral Jurado dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podrá seguir con el análisis de consultas y acciones de inconstitucional que se han presentado contra la reforma judicial.

De los nueve planteamientos en la iniciativa original se eliminaron seis, entre ellos la modificación que se buscaba al artículo 1 constitucional, donde se pretendía establecer que las normas no podían ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad.

También fueron eliminados cuatro artículos transitorios, uno de ellos donde se establecía que los juicios, recursos y consultas en curso quedarían sin materia y debían ser sobreseídos, lo que cerraba la puerta a que la SCJN pudiera revisar la reforma judicial.

En cambio, se mantuvo la reforma al artículo 105 constitucional, donde se establece que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.

Se mantuvo además la reforma al artículo 107 para establecer que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

Al respecto, el senador Ricardo Anaya dijo que esta reforma sigue siendo peligrosa, porque aunque se eliminó la retroactividad, las reformas constitucionales no podrán ser controvertidas ante la SCJN.

“Recularon respecto de la reforma al artículo primero constitucional. Lo que ahora aprobamos ya no contiene la reforma al artículo primero constitucional en materia de derechos humanos.

“Sin embargo, al prohibir el amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, si llegara a haber una reforma contraria a los derechos humanos, sería imposible impugnarlas, porque ellos van a establecer en la Constitución que no se podrá impugnar jamás una reforma constitucional”, afirmó.

 

Fuente: Latinus