Por mayoría, en sesión pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó, el 3 de octubre de 2024, la reforma a los estatutos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), por lo que validó la reelección de Rafael Alejandro Moreno Cárdenas -también conocido como “Alito”- y de Alma Carolina Viggiano Austria, como presidente y secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) priista, por otros cuatro años, es decir, hasta 2028.
Janine Madeline Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón proponían anular 41 casillas en total y realizar nuevo cómputo, por la recepción de votación por personas no autorizadas, irregularidad que se presentó de forma aislada y no afectaría el resultado total de la votación presidencial.
Los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso -presidenta del TEPJF-, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera votaron en contra de la propuesta de su homóloga Janine Madeline Otálora Malassis, de confirmar la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), de no avalar la reforma a los estatutos priistas. Sólo Reyes Rodríguez Mondragón sufragó a favor.
Los otros tres magistrados electorales consideraron que el PRI estaba en su derecho de modificar sus documentos básicos dentro del proceso electoral, ya que ,según ellos, las etapas cruciales ya se habían agotado, y, para no perder tiempo, aprobaron en la misma sesión las reformas internas, en lugar de ordenarle al INE hacerlo.
Soto Fregoso, De la Mata Pizaña y Fuentes Barrera argumentaron que existían precedentes de reformas a estatutos de otros partidos, antes de concluir el proceso electoral, sin que se vulnerara la norma.
“Contrario a lo que sostiene la autoridad responsable, sí era procedente que el partido llevara a cabo los actos relacionados con la modificación a sus documentos básicos antes de concluir el proceso electoral federal, y sin que ello contravenga los principios que protege la norma”, comentó Fuentes Barrera, quien junto a Soto Fregoso, defendieron la reelección de los líderes nacionales priistas por tres periodos consecutivos de cuatro años, y de estatales y municipales por tres años, hasta por dos mandatos.
“Dicha reforma es conforme a derecho, ya que ni en la Constitución Política, ni en la Ley General de Partidos Políticos está prohibida la figura de la reelección, por lo que incorporar o no esta figura en el estatuto de un partido político se encuentra en el ámbito de la autodeterminación y autoorganización del propio instituto político”, agregó Fuentes Barrera.
“Máxime que no contempla una reelección que fuera indefinida, en donde, pues, estaríamos ya ante una situación diferente. Además, esta Sala ha validado estatutos partidistas que contempla la posibilidad de postularse de manera sucesiva en sus dirigencias hasta en dos ocasiones”, justificó Soto Fregoso.
No obstante, Otálora Malassis defendió su proyecto, al considerar que la ley era clara en prohibir a los partidos modificar sus documentos dentro del proceso electoral, y las excepciones que había resuelto el TEPJF no aplicaban al PRI.
Reyes Mondragón y la autora del proyecto rechazaron que la Sala Superior del TEPJF aprobara las reformas en lugar de enviarlas al INE, ya que, según consideraron, no había urgencia, porque no había procesos electorales partidistas en curso, debido a que los Veracruz y Durango comenzarían en noviembre de 2024.
El magistrado reclamó a sus homólogos por qué hacía dos meses cuando él propuso fijar un plazo límite para validar o no los estatutos del PRI no aceptaron, y ahora tenían prisa. Reconoció que los partidos tenían periodos muy limitados para modificar sus documentos básicos, ya que cada año había procesos locales. Por ello, sugirió valorar si esa prohibición podría ser sólo para procesos federales.
“Debemos valorar si el desarrollo de procesos electorales locales puede o no ser un obstáculo insalvable para que los partidos políticos nacionales modifiquen válidamente sus documentos básicos”, añadió Reyes Mondragón.
Por 7 votos a favor y 3 sufragios en contra, en sesión pública, el Consejo General del INE rechazó, el 12 de septiembre de 2024, la reforma a los estatutos del PRI, por lo que, de facto, invalidó la reelección de Moreno Cárdenas y de Viggiano Austria, como presidente y secretaria general del CEN priista, por otros cuatro años, es decir, hasta 2028.
“Estoy enterado de la resolución del INE sobre las modificaciones aprobadas legítimamente por nuestra Asamblea Nacional. Si bien respetamos la decisión, no la compartimos, pues existen criterios aprobados por la Sala Superior que legitiman nuestras decisiones internas. Conforme a derecho, acudiremos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)”, amagó “Alito”, en su cuenta de la red social X.
La mayoría de los consejeros del órgano constitucional autónomo argumentaron que no podían pronunciarse sobre el fondo de las reformas. Insistieron en que el PRI no se sujetó a lo previsto por el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos, debido a que las adecuaciones a sus documentos básicos, se realizaron el 7 de julio de 2024, cuando aún no concluía el proceso electoral 2023-2024.
“Se declara la imposibilidad de pronunciarse sobre la verificación al cumplimiento del procedimiento estatutario y la procedencia constitucional y legal de las modificaciones presentadas a los Estatutos”, indicó el acuerdo aprobado por el Consejo General del INE.
Sin embargo, en el documento avalado por la mayoría de los consejeros del órgano constitucional autónomo, no se detalló cuál era el efecto inmediato, ni ordenó al partido rehacer el procedimiento, una vez que concluyó el proceso electoral.
Por su parte, los representantes del PRI ante el Consejo General del INE calificaron la medida como exagerada y acusaron a los consejeros de entrometerse en la vida interna del Partido Revolucionario Institucional.
Fuente: Zeta