Hermosillo, Sonora.- El Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el estado de Sonora lamentó la reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que valida la reforma constitucional local para que el próximo gobierno estatal en Sonora ejerza el cargo por un periodo de tres años en lugar de seis.
Esta reforma, que busca sincronizar la elección local con la elección federal en la que se elige al presidente de la República, careció de consulta ciudadana a través del proceso de parlamento abierto, un mecanismo fundamental de participación democrática, señaló Rogelio Díaz Brown, dirigente del PRI Sonora.
En la controversia presentada por nuestro partido el 14 de marzo de 2023, respaldada por otras dos fuerzas políticas, destacó esta omisión.
Es esencial recordar que debemos respetar la autonomía de los estados y, en este caso, la ley local que requiere la realización de un parlamento abierto, el cual fue completamente ignorado, afirmó el dirigente del PRI.
Es importante resaltar que esta reforma partió de una base carente de participación ciudadana, lo que representa una omisión en la escucha de las diversas voces de los sonorenses, apuntó el presidente del partido.
Consideramos que esta ahora ley, es una “arma de doble filo” ya que, en caso de desacuerdo entre el gobernador y el presidente entrante, los ciudadanos se verán afectados durante seis años, en lugar de permitir un equilibrio y un balance, como ocurría anteriormente.
“Calificamos esta nueva ley como absurda, especialmente en vista de las afirmaciones del gobernador, quien argumentó que impulsaría la participación ciudadana en procesos electorales, a pesar de no haber consultado a la misma ciudadanía”.
Díaz Brown señaló que los argumentos presentados para respaldar esta reforma, como la reducción del abstencionismo, la generación de ahorros en las elecciones y la mejora en la relación entre el presidente y el gobernador, son subjetivos y carentes de fundamentos sólidos y no fueron adecuadamente evaluados por la corte.
La sentencia de la SCJN, con un resolutivo aprobado por mayoría de 10 votos, reconoce la validez de los artículos 22, párrafo segundo, que establece la concurrencia de las elecciones de gobernador y presidente de la República, y el transitorio Segundo de la Ley número 93, que reforma disposiciones constitucionales de Sonora relacionadas con la elección del gobernador.