La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el gramaje máximo de 5 gramos, permitido por la ley, para consumo mínimo de la marihuana.
Con tres votos los ministros de la Primera Sala consideraron contrario a la Constitución castigar penalmente a quien posea más de 5 gramos para consumo recreativo del cannabis y establecieron que solo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.
El criterio no es obligatorio pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.