La creación de un mecanismo que abone a que los servidores públicos desempeñen sus  cargos de una manera más justa, digna y honesta, velando siempre por los intereses de la sociedad y no por los individuales, planteó el diputado Luis Armando Colosio Muñoz, al presentar una iniciativa que reforma y adiciona la Constitución local para establecer la figura de revocación de mandato.

En la última sesión del Pleno del 29 de abril, el legislador del partido Morena presentó el proyecto de ley que busca dotar a los ciudadanos del Estado de Sonora, de una herramienta efectiva que garantice la destitución de funcionarios incompetentes y/o deshonestos.

Expuso que la figura de revocación de mandato que existe actualmente entrega la facultad de revocación única y exclusivamente al Congreso del Estado, por lo que con su iniciativa pretende que se cree un mecanismo de participación ciudadana, donde el electorado tenga el derecho de revocar un mandato cuando la mala actuación de sus representantes, a juicio de los ciudadanos, así lo amerite.

“De lo contrario, la ciudadanía queda sujeta a los arbitrios y designios de un Diputado, un Senador, un Gobernador o un Presidente de la República desvinculado a los intereses y necesidades sociales.

“La revocación de mandato es, por tanto, un mecanismo de rendición de cuentas que evita la democracia delegativa y actúa en tiempos de neoliberalismo como un instrumento para que el gobernante se vea más comprometido con la sociedad y no entregue las políticas públicas a los intereses de unos pocos”, aseveró.

El diputado Colosio Muñoz explicó que el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una forma de revocación de mandato, no ciudadana, como facultad de los congresos locales, al señalar en su base I, párrafo tercero, lo siguiente:

Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.

El legislador consideró que este mecanismo generará un efecto disciplinario sobre funcionarios electos, en el que los representantes elegidos tomarán menos decisiones impopulares si esto puede provocar que sean más susceptibles de ser objeto de una campaña revocatoria, además de que el procedimiento es un derecho político reconocido a los ciudadanos, previsto constitucional y legalmente en algunos países.

Tiene por objeto la destitución de un servidor público de elección popular antes de que expire el periodo de su mandato; requiere el acuerdo de la mayoría de los electores que participan en el proceso revocatorio en el porcentaje que establezca cada Constitución y exige un porcentaje de ciudadanos para iniciarlo, destacó.

Colosio Muñoz dijo que esta figura puede promoverse con expresión de causa o sin determinación de ella; con pruebas o sin ellas, ya que las causas y las pruebas no son importantes, pues se trata de una decisión ciudadana, además no debe confundirse con el impeachment o juicio político, ni con ningún otro procedimiento de responsabilidad de carácter jurídico.

“Es un procedimiento eminentemente político, en el sentido de que los ciudadanos tienen el derecho, en ejercicio de su soberanía, de deponer a sus gobernantes electos a través de una consulta organizada para ese fin”, puntualizó.  La iniciativa se turnó para estudio a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.