El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la llamada Ley Olimpia, que tipifica como delito el hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet y redes sociales. Los legisladores discuten las reservas en San Lázaro.
El dictamen fue avalado por 446 votos a favor y uno en contra.
El pasado 6 de noviembre, el Senado de la República aprobó por unanimidad de votos la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al Código Penal Federal para castigar la violencia digital y la turnó a los diputados, quienes discutieron y avalaron este jueves la propuesta.
La Ley Olimpia Nacional reconoce la violencia digital como un tipo de violencia contra las mujeres que incluye acoso, hostigamiento, amenazas, insultos y vulneración de información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotos, videos o datos personales a través de internet, redes sociales, correo, apps, o cualquier otro espacio digital.
Durante la discusión de la iniciativa, la diputada Leticia Martínez Gómez, del PRD, indicó que legislar sobre violencia digital es una urgencia, así como una exigencia legítima de la sociedad.
Alba Silvia García Paredes, legisladora del PES, también se pronunció a favor y afirmó que es necesario ampliar la protección a la mujer en el ámbito digital o virtual, pues la violencia que se vive en línea es real e impacta a las víctimas de forma emocional, profesional y vivencial.
Dentro de las penas que se contemplan están de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien cometa violencia digital, acciones dolosas realizadas a través de un medio digital y mensajes o declaraciones que vulneren la integridad, privacidad, intimidad y derechos humanos de las personas, en especial de las mujeres.
Estas acciones dolosas incluyen exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir fotos, audios o videos reales o alterados de contenido sexual sin consentimiento de la persona afectada.
¿Cómo surgió la Ley Olimpia Nacional?
Olimpia Coral Melo, originaria de Huachinango, Puebla, fue una víctima de ciberviolencia. Según contó en entrevistas, cuando tenía 18 años grabó un video sexual con su ahora exnovio y con quien llevaba entonces una relación de seis años.
Pronto el video comenzó a circular por redes sociales volviéndose viral y debido a que en este se veía rostro, Olimpia comenzó a ser señalada y discriminada en su comunidad. Su caso incluso llegó a medios de comunicación que lucraron con su caso. Olimpia cayó en una depresión e intentó suicidarse.
Olimpia Coral entendió que ella era un víctima de lo que estaba ocurriendo por lo que decidió acudir al Ministerio Público a denunciar, pero sólo recibió burlas como respuesta. Pese a ello, decidió no detenerse y comenzó a estudiar e informarse lo que la llevó a pensar en escribir un proyecto de reforma al Código Penal para Puebla sobre la ley de delitos contra la intimidad sexual, hoy conocida como “Ley Olimpia”.