Con 444 votos a favor y uno en contra, la Cámara de Diputados aprobó reformas para castigar con hasta dos años de prisión a quien maltrate a un animal, pero quien lo mate sólo será multado.
Las reformas al Código Penal avaladas prevén una pena de tres meses a dos años de prisión, y multa de 100 a 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien “dolosamente” cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que le provoque la muerte inmediata; cause lesiones que pongan en peligro la vida del animal vertebrado, o cause lesiones o marcas permanentes.
Sin embargo, a quien dolosamente cause la muerte a un animal vertebrado únicamente se le aplicará una multa de 10 a 100 días, y de 60 a 180 jornadas de trabajo en favor de la comunidad.
También se prevén penas de seis meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces la UMA vigente a quien utilice a un animal con fines sexuales.
La reforma excluye de responsabilidad la muerte o mutilación de animales por resultado de actividades culturales, como podrían ser las corridas de toros o cualquiera otra que sea lícita.
Tampoco será sancionada la muerte o mutilación de un animal que constituya una plaga.
Marcar o herrar animales, cuando sean parte de un ganado, no será sancionado, como tampoco su muerte para consumo humano.
Los delitos por maltrato animal se perseguirán por querella, salvo que se cometan por el propietario, custodio o poseedor del animal, o que el animal carezca de propietario, por lo que se perseguirán de oficio.
La reforma se envió al Senado, para su análisis y posible aprobación.