El Consejo Estatal de Salud aprobó por unanimidad el acuerdo de estrategia específica para Semana Santa y Semana de Pascua.
En la estrategia a implementar se acordó que en playas públicas, malecones, plazas públicas y puntos tradicionales de reunión, se tendrá un horario abierto al público de 06:00 a 20:00 horas; un límite de 50% en los aforos; no se permitirán expendios y barras de venta de cerveza; tampoco grupos musicales y sistemas de música electrónica móviles y fijos, incluidos los de vehículos particulares; no se permitirán fiestas y reuniones sociales en playas y centros de interés turístico, eventos deportivos y amenidades que aglomeren a más de 10 personas.
En sesión permanente del Consejo Estatal de Salud, sus integrantes acordaron esta estrategia con medidas especiales sanitarias para los destinos turísticos en la entidad y para las celebraciones propias de estas fechas, a fin de evitar la propagación del virus que pudiera resultar en una tercera ola de contagios en Sonora, que será presentada a los ayuntamientos en los que sea aplicable su implementación.
Enrique Clausen Iberri, secretario de Salud y vicepresidente del Consejo, indicó que se trabajó en esta estrategia para contener y tratar de reducir la movilidad natural de estas festividades y días de asueto, y para dar herramientas a los municipios que decidan mantener abiertas sus playas y paseos turísticos en Semana Santa y Pascua, toda vez que es un escenario muy probable que el estado se encuentre en verde en esas fechas.
“Estamos trabajando muy fuerte en las medidas y recomendaciones que tendremos que tomar durante la Semana Santa, estamos haciendo nuestro mejor esfuerzo para disminuir la transmisión y con la gran esperanza de que mañana podamos estar en semáforo verde y que no bajemos la guardia y que sigamos trabajando para poder estar mejor en Sonora”, afirmó.
Además, se prohibirán casas de campaña, pernocta y todo tipo de actividades nocturnas después de las 20:00 horas; puestos fijos y semifijos deberán respetar los horarios y modalidades de servicio establecidos, e implementar todos los protocolos de seguridad sanitaria; uso obligatorio de cubrebocas, sana distancia de mínimo un metro y medio, uso de gel antibacterial y lavado frecuente de manos para toda la población.
En embarcaciones de pesca deportiva y turísticas, también se tendrá un horario de operación de las 06:00 a las 20:00 horas, o el que en casos de excepción determine la Capitanía de Puertos; las embarcaciones de pesca deportiva o turísticas podrán operar al 60 por ciento de su máxima capacidad, incluyendo tripulación; no deberá permitirse la venta de alcohol, la música en vivo y el baile en todo tipo de embarcaciones; se deben respetar los protocolos de seguridad sanitaria como uso obligatorio de cubrebocas, medición de temperatura, señalizaciones, sana distancia de mínimo un metro y medio, uso de gel antibacterial, lavado frecuente de manos, colocación de dispensadores de gel antibacterial, entre otros.
En el caso de hoteles, moteles, condominios, villas y similares, podrán operar al 60 por ciento de su máxima capacidad; restaurantes de hoteles e instalaciones de hospedaje de 06:00 a 22:00 horas y servicio a cuartos sin límite de horarios; bares de instalaciones hoteleras y de hospedaje podrán operar también hasta las 22:00 horas, con un aforo máximo de 50 por ciento; los servicios de alberca y todo tipo de amenidades en instalaciones hoteleras y de hospedaje de 6:00 a 20:00 horas y podrán operar al 60 por ciento de su capacidad.