Hoy los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararán o no inconstitucional la consulta propuesta por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para enjuiciar a expresidentes que gobernaron al país de 1988 a 2018, y abrir un posible proceso judicial por probables actos de corrupción.

La pregunta que remitió el presidente fue: “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”

Este jueves es clave y hay un inconveniente para la propuesta del titular del Ejecutivo Federal: el proyecto que plantea el ministro Luis María Aguilar considera que la propuesta de consulta para enjuiciar a cinco expresidentes es inconstitucional y por ello este jueves planteará al Pleno del máximo tribunal rechazar su realización.

El origen de la consulta

El pasado 15 de septiembre, Andrés Manuel López Obrador solicitó al Senado aprobar una consulta popular para el posible enjuiciamiento de cinco ex presidentes “del periodo neoliberal”, por la presunta comisión de delitos que incluyen la entrega de recursos de la nación a particulares, fraudes electorales, complicidad con la delincuencia organizada y corrupción, a partir de actos voluntarios irracionales.

El presidente quería que los ciudadanos pidieran la consulta, para lo cual eran necesarias 1.8 millones de firmas (el 2 por ciento del padrón electoral), como marca la ley, pero al no alcanzar el tiempo presentó la iniciativa al Senado de la República y a su vez se la entregó a la SCJN el mismo 15 de septiembre.

“Este alto tribunal procederá a resolver el asunto dentro del plazo establecido en la Ley Federal de Consulta Popular”. La Suprema Corte cuenta con un plazo de 20 días naturales, a partir del martes, para determinar si es constitucional esa solicitud del ejecutivo federal”, respondió la Corte.

No es persecución, es justicia, reitera AMLO

De esta forma el titular del Ejecutivo federal declaró el 18 de septiembre que la petición de consulta popular sobre el posible juicio a los ex presidentes no se trataba de una persecución, “(porque) no es mi fuerte la venganza; yo cumplo con una responsabilidad y no tengo problemas personales con ninguno de ellos, ni con (Carlos) Salinas ni con (Felipe) Calderón”.

Para el 21 de septiembre Andrés Manuel López Obrador dijo que si la Suprema Corte no apruebaba la consulta popular para enjuiciar a los ex presidentes, ya había investigaciones en curso llevadas a cabo la Fiscalía General de la República, pero confió en que la Corte avale su propuesta.

El 25 de septiembre volvió a retomar el tema y pidió a integrantes de la SCJN que no se dejaran intimidar, que actuaran con criterio y tomaran en cuenta el sentimiento del pueblo al resolver conforme a la ley la solicitud de la consulta para enjuiciar a ex mandatarios, después de que el ministro Luis María Aguilar propuso declarar anticonstitucional el ejercicio ciudadano.

La consulta contraviene derechos humanos: Luis Aguilar Morales

Aquel mismo 25 de septiembre hubo una respuesta.

El ministro Luis María Aguilar Morales propuso al máximo tribunal declarar inconstitucional la consulta popular sobre si se debe o no enjuiciar a los expresidentes, pues la pregunta planteada es contraria a los derechos humanos.

“La materia que se solicita consultar (el que se lleve a juicio a exmandatarios), de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”, indicó.

Los argumentos del ministro es que considera que la posibilidad de que las autoridades investiguen a los ex presidentes por posibles ilícitos es una “materia prohibida para someterlo a consulta”.

Como segundo punto expone que pone en riesgo los derechos de las víctimas y ofendidos de los delitos que pudieron cometer los expresidentes.

Como tercer argumento refiere que este ejercicio de participación ciudadana puede vulnerar la presunción de inocencia de los expresidentes a los que se pretende enjuiciar.

Como cuarto punto, indica que la consulta puede afectar negativamente las funciones de procuración e impartición de justicia, así como el debido proceso. Finalmente, detalla que la consulta rompe con el principio de igualdad. El ministro enfatiza en que las leyes deben ser aplicadas de igual modo a todas las personas que se encuentren en una misma situación y los jueces y tribunales no pueden modificar arbitrariamente sus decisiones en casos que compartan la misma controversia.

Según la iniciativa presidencial, la posible consulta, cuya viabilidad debe ser refrendada en el Legislativo y por la Suprema Corte de Justicia, se celebraría en 2021, en dos posibles fechas, el 1 de agosto o el 6 de junio, en coincidencia con las elecciones a la Cámara de Diputados y autoridades locales.

Ayer 30 de septiembre López Obrador anticipó: “Yo me deslindo y que cada poder asuma su responsabilidad, en este caso el poder judicial”.

Anticipó que plantearía que el artículo 35 constitucional, que establece el derecho del pueblo a ser consultado, “es una simulación, letra muerta” y presentaría una iniciativa de reforma para que no se cancele la democracia participativa.