El miércoles 12 de febrero, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, presentó una propuesta de reforma al Poder Judicial de la Federación. El presidente de la República Andrés Manuel López Obrador se comprometió a firmar el documento y presentarlo a título propio ante el Congreso de la Unión para que se apruebe lo antes posible.
A continuación, presentamos un recuento de los puntos más importantes de la propuesta, separando I) aquellos que consideramos adecuados y necesarios para el fortalecimiento de las instituciones del Poder Judicial Federal, II) los que consideramos preocupantes y que deben ser analizados con mayor detalle en el Congreso de la Unión.
PUNTOS QUE FORTALECEN AL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA
Se legitima a órganos constitucionales locales para promover controversias constitucionales
La propuesta prevé otorgarle a los organismos constitucionales autónomos de las entidades federativas la facultad de promover controversias constitucionales. Con esto, se logra un avance hacia la realización de una verdadera división de poderes a nivel local, permitiendo que las autoridades locales en materia de transparencia, acceso a la información y defensa de derechos humanos, entre otras, defiendan sus atribuciones ante invasiones de distintas autoridades.
Además, se incluye expresamente en el texto constitucional que podrán impugnarse las omisiones de una autoridad mediante una controversia constitucional, lo cual permitirá que se obligue a autoridades, a través de esta vía, obligue a cumplir obligaciones.
Mejoramiento de las declaratorias generales de inconstitucionalidad y de nuestro sistema de precedentes
La SCJN podrá emitir “declaratorias generales de inconstitucionalidad” —a través de las cuales invalide leyes, reglamentos u otras normas generales que violen nuestra Constitución— desde el primer caso que resuelva (y no hasta el quinto), por mayoría de 8 votos, en contra de normas generales. Así, se acelera la expulsión de normas consideradas inconstitucionales de nuestro sistema jurídico.
Además, todas las decisiones tomadas por mayoría de votos en la SCJN se convertirán en criterios judiciales obligatorios (jurisprudencia) para todos los jueces y magistrados, por lo que ya no se necesitarán 5 decisiones continuas en el mismo sentido para que esto se logre, sino solo una.
Por otro lado, se cambian las “contradicciones de tesis” por las “contradicciones de criterio”, reconociendo que conflicto se da entre los criterios que sostienen diferentes sentencias, independientemente de las tesis (extractos) que se publiquen. Así, los argumentos y las razones plasmadas en cada sentencia serán obligatorios para juzgadores inferiores, lo cual permite el desarrollo de una tradición jurídica que vaya más allá de las fórmulas abstractas que se fijan hoy en día en las tesis y que muchas veces son aplicadas fuera de contexto.