Todas las películas extranjeras que se estrenen en México serán dobladas al español e incluso en lenguas indígenas, según la iniciativa del senador de Morena Martí Batres.
La iniciativa del senador recoge planteamientos del gremio de doblaje, y junto a la Asociación Nacional de Actores (ANDA) dio a conocer que busca reformar los artículos 8, 10, 23, y 42 fracción V de la Ley Federal de Cinematografía.
Llaman la atención adiciones al artículo octavo: “Las películas cuyo idioma original sea distinto al español deberán contar con una versión doblada que permanezca en igual número de salas, en cada complejo, y durante el mismo tiempo que la versión en idioma original, respetando los porcentajes del tiempo total de exhibición estipulados en el artículo 19 de esta ley.
“En al menos un horario diario por sala, además, deberá ofrecerse una versión doblada a la lengua indígena predominante en la región.
“En el caso de las películas cuyo idioma original sea el español deberá ofrecerse también en al menos un horario por sala una versión doblada a la lengua indígena predominante en la región”.
Martí Batres, senador de Morena, hace la iniciativa pasando por alto el trabajo que el diputado federal Sergio Mayer realizó durante todo el 2019 en la Comisión de Cultura y Cinematografía, donde convocó a la comunidad para modificar la Ley Federal de Cinematografía de una manera consensuada.
El tema del doblaje es polémico y dicha iniciativa va contra lo que la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas (AMACC) quería, que era que se respetara la ley vigente que dicta que “las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse doblados al español”.
Con las reformas a la ley propuestas por el diputado de Morena, todas las películas extranjeras se tendrían que doblar al español por ley.
La AMACC señaló en las mesas con el diputado Mayer que “el público tiene el derecho de recibir la obra en la forma que fue originalmente concebida (derecho que es violado al modificarse el guión y cambiarse la voz), y al autorizarse el doblaje se coloca el interés privado (eminentemente de lucro) por encima del interés publico”.
Actualmente, gracias a un amparo conseguido en el año 2000 contra lo establecido en el artículo octavo de la ley de cinematografía, los grandes estudios de Hollywood envían cientos de copias de sus blockbusters a las salas de cine con versiones al español y cada vez menos copias en su idioma original.
Pero ahora los estudios tendrían que doblar por ley sus películas al español, algo que los beneficiará aún más, y menos al cine mexicano, como advirtió la comunidad en su momento.
Victor Ugalde, presidente del Observatorio Público Cinematográfico Rafael E. Portas, opinó sobre la iniciativa que contiene varios errores e inconsistencias.
“Deben respetarse las soberanías. Está iniciativa tiene grandes errores e inconsistencias en su exposición de motivos. Trata de hacer aplicable el Tratado de Beijing pero va más allá y choca con el sistema de derechos existentes en el mundo y las leyes nacionales en la materia. Es reiterativa y se nota falta de técnica jurídica en su redacción. Martí debe llamar a todos los integrantes de la cadena productiva fílmica para su estudio o lloverán múltiples amparos”.
Según Batres y la ANDA, la iniciativa busca beneficiar a más de 10,000 trabajadores de la industria del doblaje en México, por lo que propone adicionar otros artículos como a la Ley Federal de Derechos de Autor, Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, en materia de regulación y protección de los derechos laborales de actores y actrices de doblaje de voz.
El senador de Morena Martí Batres tenía planeado presentarla en la última sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para su discusión.
Proponen modificar
Todo producto audiovisual que se distribuya y exhiba de cualquier modo en el territorio nacional cuyo idioma sea distinto al español cuente con una versión doblada al español y al menos una versión doblada a alguna lengua indígena alternativamente a su versión original, a fin de garantizar la libre elección de los espectadores.
Favorecer el acceso de débiles visuales, analfabetas y grupos minoritarios de habla indígena a los productos audiovisuales tanto nacionales como internacionales.
Proteger la cultura nacional a través de la localización del lenguaje consumido por los espectadores que elijan las versiones dobladas al español.
Fortalecer el producto interno bruto aumentando la derrama económica en el rubro del doblaje.
Lo que dirá la ley en caso de aprobarse
Artículo 8 vigente
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el Reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”.
Artículo 8 propuesto
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el Reglamento. Las películas cuyo idioma original sea distinto al español deberán contar con una versión doblada que permanecerá en igual número de salas, en cada complejo, y durante el mismo tiempo que la versión en idioma original, respetando los porcentajes del tiempo total de exhibición estipulados en el artículo 19 de esta Ley.
En al menos un horario diario por sala, además, deberá ofrecerse una versión doblada a la lengua indígena predominante en la región. En el caso de las películas cuyo idioma original sea el español, deberá ofrecerse también en al menos un horario por sala una versión doblada a la lengua indígena predominante en la región”.