La cancelación del Programa de Estancias Infantiles fue una “medida regresiva con la que se violan diversos derechos humanos” de niñas y niños, madres, padres, trabajadoras y responsables de estos centros, determinó este lunes la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CHDN).
La CNDH explicó que la cancelación del programa pone en riesgo el trabajo de madres y padres por la falta de acceso a servicios de cuidado infantil, y que se omitió valorar el interés superior de los menores que se beneficiaban de ellas, a pesar de que se demostró que impactaban positivamente en su desarrollo.
Además, trastocaron el “derecho a seguridad y certeza jurídicas de niños, madres, padres, responsables y trabajadoras de las estancias infantiles, que derivaron en violaciones a derechos humanos”.
Acerca de los derechos de las niñas y niños, la CNDH documentó que se violaron los de interés superior, a una vida digna, a la supervivencia y el desarrollo, de prioridad, al bienestar y a un sano desarrollo, a la educación, a la salud, a la inclusión, y al juego y esparcimiento.
El organismo también documentó la violación al derecho al trabajo y a la igualdad y empoderamiento económico de las personas responsables y trabajadoras de las estancias.
Tras la derogación del programa, vigente hasta el pasado 28 de febrero, la CNDH recibió 204 quejas, en las que se acusaron probables violaciones a derechos humanos que afectaban a por lo menos 5 mil 340 personas, entre ellas mil 662 niñas y niños, 2049 madres y padres, 1310 responsables de estancias infantiles y 117 diputados.
De acuerdo a la investigación de la CNDH, expuesta en la Recomendación 29/2019 del organismo nacional, la eliminación del programa de estancias, sustituido por el Programa de Apoyo al Bienestar, derivó en las siguientes irregularidades, cometidas por la Secretaría de Bienestar, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional Regulatoria (Conamer) fueron las siguientes:
-Se redujo en 50.16% el presupuesto asignado al Programa de Estancias Infantiles respecto del ejercicio fiscal 2018, incumpliendo las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley General de Desarrollo Social que prohíben expresamente la disminución de recursos a este tipo de apoyos.
-La Secretaría de Bienestar no subsanó en su totalidad las observaciones formuladas por la SHCP y la Conamer al anteproyecto de Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Bienestar.
-Se emitió la autorización del presupuesto para el Programa de Estancias Infantiles el 30 de enero de 2019; sin embargo, el 20 de febrero del mismo año se emitió una segunda autorización presupuestaria, esta vez para el Programa de Apoyo para el Bienestar, sin considerar que este no está previsto en el Presupuesto de Egresos considerado para este ejercicio fiscal.
-El 1 de febrero la Conamer publicó el anteproyecto de Reglas de Operación del Programa Estancias Infantiles y 19 días después, el 20 de febrero, publicó un segundo anteproyecto, el del Programa de Apoyo al Bienestar.
-Se emitió inicialmente la autorización de impacto presupuestario para el Programa de Estancias Infantiles el 30 de enero de 2019; sin embargo, el 20 de febrero emitió una segunda autorización, esta vez para el Programa de Apoyo al Bienestar.
-Se reportaron irregularidades en los censos realizados por la Secretaría de Bienestar para la inscripción al nuevo Programa, que dejó fuera a al menos 6 mil 620 niños que eran beneficiarios de las estancias infantiles, ya que los centros a los que acudían no fueron censados. Los cinco estados con mayor número de casos fueron Veracruz, Estado de México, Chiapas, Sonora y Puebla.
-Se omitió la fundamentación y motivación para cambiar la modalidad de entrega del subsidio a la transferencia económica directa a los padres, sin considerar mecanismos de supervisión para garantizar que el dinero se destine exclusivamente a servicios de cuidado y atención infantil.
-Se utilizaron recursos que habían sido etiquetados para las estancias infantiles en la ejecución del Programa de Apoyo al Bienestar, el cual es sustantivamente distinto y no está incluido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019.
-La SHCP emitió la autorización presupuestaria del Programa de Apoyo al Bienestar a pesar de que la Secretaría de Bienestar no entregó el diagnóstico requerido para programas de nueva creación.
Por lo expuesto, la CNDH recomendó a la Secretaría de Bienestar, entre otras acciones, que establezca un mecanismo que restituya aquellos derechos violados de niñas y niños, padres y madres, responsables y trabajadoras de estancias infantiles, y establecer un instrumento que permita la verificación del uso de los apoyos económicos para servicios de atención y cuidado infantil.
Asimismo, deberá actualizar el padrón de niñas y niños beneficiarios del entonces Programa de Estancias Infantiles y pagar retroactivamente a los centros los subsidios conforme ese registro, desde la última fecha en la que les hayan pagado.
La Secretaría de Bienestar deberá solicitar a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) y a expertos en derechos de ña niñez un análisis sobre el funcionamiento e impacto en los menores, relacionado con el mecanismo de restitución de derechos que se implemente.
En coordinación con el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, deberá diseñar una política pública nacional que de manera progresiva permita el acceso a todos los niños en primera infancia a un sistema de cuidados que provea servicios de atención integral.
A la SHCP se le recomendó implementar acciones para que la Secretaría de Bienestar remita el diagnóstico sobre el Programa de Apoyo al Bienestar que se le solicitó en el mes de febrero, y generar acciones que permitan verificar, previo a la autorización presupuestaria, que los anteproyectos de Reglas de Operación que se presenten en el gobierno federal estén establecidos en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda.
Las secretarías de Bienestar y de Hacienda deberán garantizar la progresividad de los derechos humanos en los recursos que deben asignarse, mediante las acciones necesarias de ajustes presupuestales que permitan que el mecanismo de restitución cuente, por lo menos, con un presupuesto igual al que tuvo el Programa de Estancias Infantiles en 2018.
La Conamer deberá garantizar la transparencia y la mejora regulatoria de los anteproyectos de reglas de operación de programas de desarrollo social, verificar que cumplan con la normatividad aplicable y realizar un análisis de impacto regulatorio para evitar restricción, reducción de prestaciones o derechos de las personas.
Al Sistema DIF se recomienda que coordine la supervisión y vigilancia de las estancias infantiles, centros de atención, cuidado y desarrollo integral infantil.
Para reparar el daño a las víctimas, se determinó que las autoridades a quienes se dirige la recomendación implementen acciones para generar medidas de satisfacción y garantías de no repetición que den certeza del ejercicio de los derechos de los niños, las madres y padres trabajadores, así como a los responsables y trabajadoras de las estancias infantiles.
La CNDH aclaró que su pronunciamiento no pretende inhibir la implementación de medidas de austeridad y control presupuestal o la investigación de irregularidades en el manejo de recursos públicos; sin embargo, señala, estas deben ejecutarse “sin vulnerar los derechos de niñas, niños, mujeres y padres, para evitar que se les prive de la oportunidad de acceder a servicios de cuidado y atención integral infantil”.