Solo el ministro Pardo Rebolledo votó por la constitucionalidad de la ley promulgada por el presidente Peña.
Notimex.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy, por nueve votos a favor y uno en contra, declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.
A excepción del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien presentó el proyecto de sentencia que declara constitucional esta normatividad, el resto de sus compañeros en el pleno se manifestó en contra de esta legislación.
Se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar, Norma Piña, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez, José Fernando Franco, y Luis María Aguilar.
Diputados federales y senadores, así como instituciones de derechos humanos (INAI, CNDH y la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro) promovieron las acciones de inconstitucionalidad.